GENERALIDADES
1. La cuenta UdeC (en adelante CU) electrónica es un beneficio que la Universidad de Concepción, a través de la Dirección de Tecnologías de Información (en adelante DTI), entrega a sus alumnos, docentes y funcionarios en general.
2. La creación de la CU además de permitir acceso a diversos servicios UdeC, tales como wifi, intranet, acceso a recintos, etc., incluye la generación de una cuenta Microsoft que da acceso a servicios como Outlook (correo electrónico), Teams (Mensajería interna), OneDrive (Almacenamiento), entre otros y licencia de uso de productos Microsoft de acuerdo con un esquema de licenciamiento definido por contrato con la empresa proveedora del servicio.
3. Ambas cuentas se rigen por la presente normativa y se identifican en ella indistintamente como CU.
NORMATIVA DE CUENTAS
4. La cuenta se otorga exclusivamente para fines académicos y/o universitarios, es decir, apoyar actividades del quehacer de la docencia, de la investigación, de la extensión y de la administración que no contravengan la ética y principios de nuestra casa de estudios ni tampoco la legislación vigente.
5. El titular de la CU es el único responsable de los contenidos publicados en los distintos servicios, por lo que es quien responderá en caso de aplicación de sanciones por la violación de la presente normativa. Asimismo, responderá personalmente de los delitos informáticos contenidos en la ley 19.223
6. El envío y recepción de mensajes es de carácter privado, por lo tanto, en principio, ningún organismo o persona está facultado para acceder a esa información.
7. No obstante lo anterior, la DTI se reserva el derecho a revisar los mensajes y objetos electrónicos enviados, eliminar cualquier material a su entera discreción o revelar en cualquier momento y sin previo aviso cualquier información si lo cree necesario para cumplir con cualquier ley, reglamento, proceso legal o solicitud gubernamental aplicable.
8. Aquellas CU que mantienen contenidos de las páginas web almacenadas en el servidor de la Universidad y/o están asociadas con el dominio de la Universidad, deben reconocer el carácter público de dicho contenido, por lo tanto, están expuestos a revisiones periódicas por parte de la DTI, con el fin de corroborar que se cumplan las normativas presentes.
9. Cada titular de la CU es responsable de administrar el contenido que comparte en línea y de asegurarse de mantener los equipos desde los que se conecta a la nube privada UdeC en correctas condiciones de actualización de sistemas operativos (http://www.udec.cl/campusagreement) y antivirus (http://www.udec.cl/antivirus).
10. Se prohíbe expresamente:
a. Usar cuentas de terceros y/o autorizar su uso por personas distintas al titular.
b. La utilización de la CU para anunciar u ofrecer la compra o venta de cualquier bien o servicio para cualquier fin comercial. Entre estos se consideran auspicios, patrocinios, links a empresas y similares.
c. La publicación/difusión/distribución/almacenamiento de información de cualquier tipo que vulnere la legislación nacional, esté reñida con la ética o que contravenga los principios universitarios, tales como imágenes pornográficas, información homofóbica, racista, clasista que pueda dañar la integridad o el honor de las personas, instituciones o creencias. Tampoco se pueden incluir en las páginas personales, hipervínculos hacia sitios con estas características.
d. El almacenamiento/publicación/difusión/distribución de música, software, películas, imágenes, código malicioso, claves de acceso o cualquier archivo cuyo contenido sea ajeno a los fines para los que se otorgó la cuenta.
e. La carga y/o distribución de archivos que contengan virus, "Troyanos", "gusanos", bombas de tiempo, archivos dañados o cualquier otro programa o software similar, el envío de mail masivos (spam), Phishing, Scams, Hacktivismo u otras acciones que puedan perjudicar el funcionamiento de los equipos de la Universidad o de propiedad de terceros.
f. Cualquier intento de apropiación de información de las bases de datos corporativas o de privados, el molestar a otros usuarios y la generación de sobrecarga, ya sea en equipos de la Universidad o de conexiones fuera de la ella.
10. La DTI se reserva el derecho de modificar la presente normativa cuando así lo estime conveniente, dando por hecho que es conocida y aceptada por quienes ya poseen CU anteriores.
11. La DTI no se responsabiliza por los daños o perjuicios que la actuación de terceros pudiera generar en páginas personales, cuentas o correos de sus usuarios.
12. En caso de no cumplimiento de alguna o todas estas normas, la DTI se reserva el derecho de aplicar una sanción, que puede llegar hasta la suspensión temporal o definitiva del servicio al usuario, dependiendo de la gravedad de la situación, sin perjuicio de otras acciones penales o civiles que correspondan.
13. Esta normativa también aplica a las Cuentas Especiales, que se crean previa solicitud para Facultades, Reparticiones, Programas y otros.
14. Algunos de los servicios asociados a la CU tienen sus normativas específicas, las que se entienden conocidas e incluidas dentro de esta aceptación.