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Expertos revisaron alcances de la agenda corta antidelincuencia

Una revisión crítica del contenido de la Agenda corta antidelincuencia (ley 20.931) y las modificaciones legales que introduce en el ámbito penal hicieron los docentes Nelson Villena y Claudio Vigueras, en un seminario organizado por el Departamento de Derecho Penal y el Centro de Litigación de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

En su ponencia, centrada en las modificaciones sustantivo penales de la ley, el profesor Villena entregó antecedentes generales de la normativa, cuya tramitación comenzó en enero de 2015, deteniéndose en los cuestionamientos que se hicieron, en su momento, a través de informes de expertos, entre ellos los de la Corte Suprema.

De acuerdo al experto, “lo más destacable, pero no más meritorio” de esta ley -que fue promulgada el 5 de julio- es el aumento de la penalidad en algunos delitos como el robo calificado y los que atentan contra funcionarios de la policía de Investigaciones y Gendarmería. Asimismo, dijo, “se modifica la manera de determinar la pena para las personas que cometen hurtos y robos; en definitiva hay un mayor rigor en el castigo penal en estos delitos”.

El aumento de penas, en opinión del académico, no es una buena solución para atacar la delincuencia, “esto está científicamente comprobado y, en ese sentido, esta ley es más de lo mismo, la solución no va por ahí”. Más educación, la lucha contra la delincuencia debe considerar “más educación, más prevención, mejores normas preventivas que represivas, tratando de poner énfasis en evitar cometer delitos y no en castigar”. Desde esta perspectiva, la agenda corta antidelincuencia es más bien efectista. “es legislar más para la galería que una adecuada política criminal”.

Por su parte, el docente Claudio Vigueras revisó las principales modificaciones que, por efecto de esta ley, se introducen en el Código Procesal Penal, dentro de las que destacó las disposiciones que “amplían la facultades investigativas de la policía, de manera autónoma,” y otras que facilitan las labores del Ministerio Público.

Para el académico, si bien la ampliación de las facultades para las policías pueden tener aspectos positivos y negativos, de acuerdo al tipo de análisis que se haga de ellas, “en general no parece ser muy bueno en cuanto éstas, pues siempre implican limitaciones a los derechos de las personas”. Desde este punto de vista, afirmó que “cualquier limitación a los derechos de las personas debe estar sujeta a cierto grado de ponderación”.

En relación al cuestionado control de identidad contemplado en la ley, el especialista explicó que “ahora se establece un régimen dual, donde hay un control preventivo, que no requiere ninguna clase de justificación y otro, que es un control tradicional, al cual se le rebajaron los requisitos para poder hacerlo”. Es un sistema que -explicó- pone en convivencia dos formas de control, “que aún no está muy clarificado, porque no es propiamente una detención por sospecha, pero hay algunos presupuestos que se le acercan bastante”.

En una evaluación global de la nueva normativa, Vigueras indicó que, en su opinión, los cambios que propuso fueron apresurados, “en el sentido que no toma en consideración la real eficacia de las modificaciones; faltan medidas que permitan atacar más las causas que los efectos del mal funcionamiento del sistema”.